Está registrado? [Ingrese Aquí], sino [Regístrese]
Economía
 
Usted está aquí » Economía » Impuestos »  
Imprimir esta páginaEnviar este artículo por E-mail, a un AmigoREEDICION – Pautas generales para reformular el sistema tributario nacional 1º parte
25/jul/2011

             Resumen - Objetivos - Objetivos generales -                 Objetivos específicos - Introducción

Pregón Agropecuario mucho se complace en anticipar un minucioso trabajo elaborado por Carlos Omar Sánchez, prestigioso contador, consultor de empresas, productor agropecuario pampeano y, cabañero de ovinos, más precisamente de la raza Pampinta. El citado profesional ejerce sus actividades en la localidad de Caleufú (La Pampa).

PAUTAS GENERALES PARA REFORMULAR EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL consiste en una minuciosa propuesta, que tras haber sido aceptada por el comité evaluador, será presentada y expuesta en el transcurso de las XIV Jornadas Nacionales de la Empresa Agropecuaria que, organizadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la provincia de Buenos Aires y la Universidad Nacional del Centro, se llevarán a cabo los días 21 a 23 de septiembre de 2011 en la ciudad bonaerense de Tandil

Dado la extensión del proyecto, el mismo se brindará a los lectores de Pregón Agropecuario en distintas entregas consecutivas de nuestro boletín electrónico, en forma textual y completas.

ÍNDICE


     Resumen 2
1.- Objetivos 4
1.1.- Objetivos generales 4
1.2.- Objetivos específicos 4
2.- Introducción 4
3.- Principios constitucionales de la imposición 7 4.- Principios elementales de la tributación 8
5.- Elementos de la relación tributaria 9
6.- Impuestos nacionales 10
6.1.- Recursos de la seguridad social 10
6.2.- Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes 12
6.3.- Impuesto al Valor Agregado (IVA) 13
6.4.- Impuesto a las ganancias 14
6.5.- Impuesto sobre los bienes personales 15
6.6.- Impuesto a los débitos y créditos bancarios 16
6.7.- Derechos de exportación 16
7.- Conclusiones y Propuestas 16
7.1.- Conclusiones 16
7.2.- Propuestas 17
Bibliografía 20

PAUTAS GENERALES PARA REFORMULAR EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL

RESUMEN

A pesar del superficial tratamiento de los impuestos nacionales, estamos en condiciones de afirmar que el sistema tributario argentino, está formado por una frondosa legislación de distintas jurisdicciones que incluyen ordenanzas, leyes, decretos reglamentarios, resoluciones interpretativas, otras que exigen presentación de declaraciones juradas, utilización de aplicativos, fijan anticipos, pagos a cuenta, retenciones y percepciones. Con el fin de tener una idea de la magnitud de estas disposiciones, un reconocido tributarista escribió más de 700 páginas de un libro de gran formato, sólo para explicar la aplicación del Impuesto al Valor Agregado.

Tenemos el convencimiento de que los ciudadanos y empresarios argentinos, de cualquier tamaño y actividad, se merecen un sistema más justo y equitativo, que contemple situaciones normales y atípicas, que promueva la actividad económica y no genere angustia y zozobra frente a una presión fiscal desbordada y jamás igualada en la República Argentina.

El estudio integral del sistema tributario debe comenzar por establecer qué necesidades debe atender el Estado, tratando de priorizar las mismas, y qué suma es necesaria para ello. Luego, se determinará con qué recursos atender estas necesidades. En principio puede decirse que las funciones indelegables del estado son: seguridad, justicia, salud y educación, las demás pasan a segundo orden.

Al mismo tiempo no parece razonable tener en vigencia tantos gravámenes -algunos de carácter distorsivo- generando una fuerte presión fiscal para luego establecer reintegros o subsidios; cuando el sentido común indica que existen gastos de recaudación y administración de los impuestos y nuevamente gastos de administración y entrega para la distribución mencionada. Todo ello sin considerar el o los criterios de distribución.

Dentro de la economía tan importante es el crecimiento y desarrollo, como lo es el pleno empleo, y para lograrlo el Estado dispone de distintos instrumentos, dentro de los cuales la política fiscal es de vital importancia. Por lo tanto, la obtención de recursos y su aplicación merecen un análisis minucioso que todos esperamos se realice racionalmente a la mayor brevedad.

Propuestas

• Permitir al empleador tomar un cinco porciento (5 %) de la remuneración sujeta a aportes, como pago a cuenta del Impuesto al Valor Agregado (IVA), con la finalidad de favorecer la demanda laboral y, al mismo tiempo, equiparar a contribuyentes que utilizan mano de obra intensiva, frente a aquellos que emplean otros insumos con producción mecanizada, automatizada o robotizada.

• Revisar integralmente el sistema previsional de trabajadores autónomos -que no poseen obra social- y de los contribuyentes incluidos en el régimen simplificado.

b) Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes:

• Actualizar los importes de las categorías, para hacerlos equivalentes a los valores originales.

• Excluir de este régimen al IVA, con el objeto de hacer realidad la neutralidad del gravamen.

c) Impuesto al valor agregado (IVA):

• Reducir entre el tres y cinco porciento la alícuota general del gravamen ya que, los incrementos de tasas que obedecieron a cuestiones coyunturales han sido superadas y jamás se ha vuelto a las tasas originales.

• De existir alícuotas diferenciales deberían ser para determinados productos que integran la canasta familiar.

• Excluir el IVA del Régimen Simplificado.

• Permitir la compensación de saldos a favor de cualquier origen (aún el saldo técnico), para cancelar otros gravámenes que recauda la AFIP-DGI.

• Devolución automática o casi automática de los saldos a favor de los exportadores, quienes ante la incertidumbre de los reintegros del estado trasladan el gravamen a los productores.

d) Impuestos a las ganancias:

• El mínimo no imponible, las deducciones especiales y las deducciones por cargas de familia deberían quintuplicarse.

• Elevar en la proporción anterior la asignación para socios administradores de las sociedades de responsabilidad limitada.

• Reducir la brecha entre la deducción especial de los trabajadores en relación de dependencia y los trabajadores autónomos.

• Reestructurar la escala progresiva de alícuotas para personas físicas, sin que se exceda de la tasa del 30 %.

• Retomar el ajuste por inflación para personas físicas y jurídicas, Las depreciaciones calculadas sobre valores históricos, son un ejemplo contundente de la inequidad en la liquidación del gravamen.

• Desgravación impositiva equivalente al cincuenta porciento (50 %) del valor de compra (excluido IVA), por la adquisición de bienes de uso -excepto automóviles- destinados a actividades industriales, comerciales, agropecuarios y de servicios.

• Desgravación del cien por cien (100 %) del valor de compra de fertilizantes químicos destinados a las explotaciones agropecuarias de carácter intensivo o extensivo.

• Desgravación impositiva a la primera venta de machos vacunos castrados y vaquillonas, destinadas a faena cuando excedan un peso de 470 Kg. y 320 de peso vivo. El cálculo de la desgravación se realizará en base al precio neto de venta multiplicado por los kilogramos que superen los pesos mencionados en el párrafo anterior.

• Desgravación impositiva para la compra o retención de vientres, equivalente al cuarenta porciento (40 %) del precio de compra o del valor de mercado en el caso de retención de animales de propia producción.

e) Impuesto sobre los bienes personales:

• En busca de la equidad debería gravarse el patrimonio neto y no el activo de los sujetos del gravamen.

• El mínimo sujeto a impuesto debería al menos triplicarse, considerándolo como límite de imposición.

• Corregir la progresividad de las alícuotas al modificarse el mínimo según la propuesta anterior.

f) Impuesto a las débitos y créditos bancarios:

• Estudiar su eliminación considerando que la situación coyuntural de su creación ha sido superada.

• De persistir en su vigencia elevar el mínimo obligatorio para librar cheques a $ 5000,- y tomar el 100 % del gravamen como pago a cuenta del IVA.

g) Derechos de exportación:

Revisión total del gravamen respecto de productos y alícuotas a aplicar.

1.- Objetivos


1.1.- Objetivos generales

Los objetivos del trabajo pueden sintetizarse de la siguiente manera:

a) Observar los recursos del Estado para financiar sus necesidades.

b) Reflexionar sobre dichas necesidades.

c) Reconocer la pirámide jurídico-tributaria.

d) Conocer los principios constitucionales de la imposición y los principios elementales de la tributación.

e) Analizar brevemente los gravámenes nacionales de mayor incidencia en la actividad agropecuaria.


1.2.- Objetivos específicos

Proponer modificaciones generales para lograr:

a) Mayor equidad tributaria.

b) Evitar la aplicación de impuestos sobre las ganancias por tenencia.

c) Mantener dentro de parámetros razonables la presión tributaria.

d) Incrementar la actividad económica.

e) Posibilitar el aumento de la demanda laboral.


2.- Introducción

La Finalidad de este trabajo no es analizar las normas tributarias, con el interés de exponer formas y criterios de aplicación de dichas disposiciones. El convencimiento de que colegas especialistas, han contribuido de manera significativa a estudiar y analizar la técnica de liquidación de gravámenes y sus aplicaciones prácticas, dentro del frondoso sistema legal que contiene: leyes, decretos reglamentarios y resoluciones, donde sus sistemas de anticipos, retenciones, percepciones y pagos a cuenta contribuyen -aún más- a generar dificultades, zonas grises y la circunstancia de que muchos contribuyentes (sin proponérselo) incumplan las normas.

La pretensión es realizar una reflexión crítica al sistema tributario argentino en general y, en lo que atañe a empresas agropecuarias, en particular; como una forma de aportar ideas para su reformulación con una visión desde la administración de empresas, en busca de mayor equidad, mejor transparencia y control recíproco por oposición, que permita utilizar al sistema impositivo como una herramienta del crecimiento y desarrollo de las empresas y, por ende, del país.

Por otra parte, dentro de las funciones esenciales del Estado, sea municipal, provincial o nacional, está el de satisfacer las necesidades públicas. Sin considerar que las necesidades (públicas o no) son, en muchos casos, cuestiones subjetivas y no objetivas por cuanto dependen del sujeto que las analiza y estudia, y en caso de establecerse parámetros para su determinación, ellos serían fijados por personas que impondrían su criterio o punto de vista; puede afirmarse que esas necesidades se exteriorizan en erogaciones que el estado debe realizar.

Para enfrentar esas erogaciones el estado requiere recursos, que toma de una forma u otra, para el cumplimiento de sus fines y que se manifestarán en el presupuesto anual de cada nivel estadual.

La primera reflexión que esto merece es si primero se establecerán las necesidades, para luego crear o generar los recursos o si, por el contrario, en base a los recursos previstos se establece un orden de prioridad en las necesidades siempre crecientes del estado. En el hogar (economía familiar) y en las empresas, generalmente se parte de los recursos para preveer los gastos o inversiones bajo un orden de prioridad; sin embargo el estado parece transitar un camino opuesto: primero establece, genera o provoca las necesidades para luego buscar los ingresos que los satisfagan. Sólo cabe un interrogante ¿es ello lógico y racional?.

Ahora bien, dejando de lado las necesidades ¿cómo se financia el estado?. Entre otras alternativas puede recurrir a:

• Renta de bienes del estado.
• Préstamos de corto plazo.
• Préstamos de largo plazo.
• Emisión de moneda.
• Sistema tributario.

En base a la propuesta inicial, sólo se desarrollarán cuestiones relacionadas con el sistema tributario. Con tal motivo es conveniente recordar que, cualquiera sea el sistema tributario que se desee implementar tiene que tener como marco referencial a la Constitución Nacional y establecerse por ley, sancionada por el congreso nacional, las legislaturas provinciales o las resoluciones del consejo deliberante, según las jurisdicciones de la norma.

Para mejor ilustración se agrega a continuación un esquema que muestra el orden de prelación de las disposiciones.


Esquema N° 1
Pirámide Jurídico - Tributaria

El sistema tributario se basa en tasas retributivas de servicios, tasas de contribución por mejoras e impuestos, veamos en que consiste cada uno.

• Tasa retributiva de servicios: en general se trata de la suma que el estado toma de los particulares, como contraprestación de un servicio medible que presta a la comunidad y que tiene por objeto recuperar las erogaciones públicas por la realización de dicho servicio. Por ejemplo: recolección de residuos.

Es conveniente aclarar que, las tasas retributivas de servicios, pueden transformarse en impuestos por la suma que excede a los costos de prestación del servicio y su administración.

• Tasa de contribución por mejoras: esta tasa no es de aplicación regular, se emplea en determinadas circunstancias para financiar una obra pública. Por ejemplo: la pavimentación de calles.

La justificación se produce por la segura revalorización de los inmuebles cuyos frentes dan a la obra o tienen proximidad con ella.

• Impuestos: es la suma que el estado toma coercitivamente de los particulares, cuando se genera el hecho imponible, para prestar servicios indivisibles o de difícil medición, como seguridad y justicia o aquellos que pudiendo medirse, no es conveniente medirlos a fin de garantizar la igualdad de posibilidades en la prestación, por ejemplo: salud y educación.

Los impuestos intentan gravar las distintas manifestaciones de la capacidad contributiva de los particulares, tales como: la renta, el patrimonio y los consumos, buscando un justo equilibrio entre ellos a fin de lograr equidad en las cargas. Así por ejemplo, la renta grava las utilidades, ganancias o beneficios de personas físicas y jurídicas; el patrimonio puede gravar manifestaciones parciales (inmuebles, automotores, etc.) o manifestaciones totales (bienes personales) y el consumo, como en el caso anterior, expresiones parciales (cigarrillos, bebidas, etc.) o totales (IVA).

Frente al poder del estado para aplicar gravámenes, se hallan las personas físicas y jurídicas -sujetos de la imposición- que necesitan de una renta mínima que les permita sobrevivir y, si es posible, crecer y desarrollarse. Esta reflexión resulta lógica por que los resultados negativos de cualquier sujeto, de manera reiterada lo llevarán tarde o temprano a quebrantos irreversibles que provocarán el cierre de empresas o, en el mejor de los casos, a mudar de actividad.

Con estas aclaraciones previas avanzamos hacia principios jurídicos y técnicos de las imposiciones.

(Continuará en la próxima edición: 20 de agosto de 2011)

Autor: Contador: CARLOS OMAR SANCHEZ -

E-mail: estusanch@yahoo.com.ar                 
consultores@estudiocosya.com.ar                Sitio web: www.estudiocosya.com.ar 

a) Seguridad Social:










Se han visto 45157540 Páginas, desde el lunes, 25/may/2009
OnLine: 95 personas (95 visitantes anónimos)

Pregón Agropecuario - Córoba 785 - (6270) Huinca Renancó, Córdoba, Argentina
Para suscribirse al Boletín Electrónico: suscripcion@pregonagropecuario.com

Huinca Renancó, Córdoba - Argentina - jueves, 25/abr/2024 - 15:53
Sistema FuncWay (c) 2003-2007