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INFORME DE TRASPARENCY INTERNACIONAL SOBRE LA CORRUPCION EN ARGENTINA
 
25/sep/2009

Índice de Percepción de la Corrupción 2008: 2,9 (puesto 109 de 180 países incluidos) y Rankig de Transparencia (todos los paises evaluados)

Convenciones

Convención Interamericana contra la Corrupción de la OEA (firmada en marzo de 1996; ratificada en agosto de 1997)

Convención de la OCDE contra el Soborno de Funcionarios Públicos Extranjeros (firmada endiciembre de 1997; ratificada en febrero de 2001)

Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (firmada en diciembre de 2003; ratificada en agosto de 2006)

Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (firmada en diciembre de 2000; ratificada en noviembre de 2002)

Cambios legales e institucionales

. En septiembre de 2007, sobre la base de una apelación presentada por la Fundación Poder Ciudadano, el Consejo de la Magistratura dispuso la publicidad de las declaraciones patrimoniales presentadas por los jueces y empleados públicos del Poder Judicial mediante la Resolución 581/07. Dos meses después, mediante la Resolución 734/07, el Consejo reconoció que las peticiones presentadas para conocer las declaraciones juradas de los magistrados representaban un proceso lento y burocrático que contradecía los principios de transparencia y el derecho de los ciudadanos de acceder a información pública.

● El Consejo resolvió entonces permitir que los ciudadanos puedan consultar las declaraciones juradas de los jueces sin necesidad de iniciar un proceso administrativo. Después de que se dictara la resolución, un miembro del Poder Judicial intentó impedir que se diera a conocer su declaración jurada y argumentó que la divulgación vulneraría su derecho a la protección de la información personal. Si bien inicialmente este petición fue concedida, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió que la declaración jurada en cuestión debía ponerse a disposición del público.

● La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en la Acordada 30/2007, determinó convocar audiencias públicas cuando lo dispongan al menos tres de los siete jueces. La Corte estableció que las audiencias serán de tres tipos: informativas, cuyo objeto será analizar las características de un determinado caso; conciliatorias, que tendrán por objeto buscar una solución no adversarial; y ordenatorias, que tendrán por objeto tomar medidas para mejorar la tramitación de la causa. La Corte Suprema considera que las audiencias públicas permitirán poner a prueba la eficacia, transparencia y objetividad de la administración de justicia, a la vez que mejorarán el conocimiento de los ciudadanos sobre los procesos judiciales.

● La Ley 26.376, promulgada en mayo de 2008, incorporó requisitos que podrían obstaculizar la designación de jueces idóneos. Si bien los requisitos de los nuevos jueces son determinados por un examen del candidato a cargo del Consejo de la Magistratura, la nueva ley establece que este examen no será necesario para el caso de jueces subrogantes. Al prever que, en caso de subrogación en una jurisdicción en la que no haya jueces que reúnan las condiciones de idoneidad, los jueces sean designados por el presidente, la medida otorga amplias facultades discrecionales al Poder Ejecutivo. En tanto la ley no dispone plazo alguno para la designación de los jueces subrogantes, es muy probable que muchos de ellos que no reúnen las condiciones de idoneidad necesarias ejerzan cargos influyentes durante períodos indeterminados. Dado que la mayoría de los jueces subrogantes compiten por cargos permanentes, la posibilidad de designación presidencial puede instarlos a emitir decisiones acordes con los intereses del presidente.

Descarrilados: falta de transparencia en la contratación del “tren bala” por el gobierno

En 1992, durante la presidencia de Carlos Menem y con ayuda de préstamos del Banco Mundial1, la Ley de Reforma del Estado allanó el camino para la privatización de Ferrocarriles Argentinos, el sistema ferroviario nacional. Diez años después, solamente quedan 8.500 kilómetros de los 35.000 kilómetros originales de vías2, por las que los trenes circulan a tan sólo entre 90 y 120 kilómetros por hora3. Millones de ciudadanos sufren hoy las consecuencias negativas de estos cambios, que han llevado a la ausencia de inversión y planificación, al cierre de líneas secundarias y a un progresivo deterioro de los servicios brindados por los operadores, especialmente en el Gran Buenos Aires4. Los vagones destartalados y las estaciones abandonadas son la nota distintiva de gran parte del sistema ferroviario actual de Argentina5, y muchos ciudadanos observan con escepticismo el plan del gobierno de construir un tren de alta velocidad que unirá a las ciudades de Buenos Aires, Rosario y Córdoba.

El “tren bala”, cuyo costo estimado es de aproximadamente 4.000 millones de dólares6, ha generado preocupación por sus aspectos legales, financieros y técnicos. Si el proyecto se concreta, Argentina incrementará su deuda externa para construir un tren que competirá con el transporte aéreo, y que estará destinado a un público completamente distinto, tanto en cantidad como en condición socioeconómica, del que utiliza diariamente el actual sistema ferroviario de la Zona Metropolitana de Buenos Aires7. Según datos de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, la Red Ferroviaria Metropolitana transportó aproximadamente 407 millones de pasajeros durante 20078, y se prevé que el tren bala transporte a 4,5 millones de personas por año9, es decir, poco más del 1% de la cifra anterior.

Ante la ausencia de planes inmediatos para mejorar las líneas suburbanas10, muchos cuestionan los motivos por los cuales se impulsa un proyecto tan ambicioso en lugar de satisfacer necesidades más urgentes de transporte público y seguridad social en general11. El proceso de licitación también ha sido objeto de críticas12. Dicho proceso delegó varios aspectos centrales, como el estudio de impacto ambiental, a los propios oferentes, y aún se desconocen algunos aspectos del proyecto como el diseño del recorrido, el precio de los pasajes y los costos finales13. Las frustraciones se vieron exacerbadas cuando en mayo de 2008 el gobierno decidió favorecer en la licitación del tren bala a un consorcio de empresas lideradas por la compañía francesa Alstom14. La compañía está siendo actualmente investigada en Francia y Suiza por presuntos pagos indebidos por 200 millones de dólares15 que le habrían asegurado contratos para la planta hidroeléctrica Itá en Brasil, la expansión de la red de subterráneos de São Paulo y otras obras de gran envergadura en Venezuela, Singapur e Indonesia16. También el gobierno mexicano ha penalizado a Alstom con la suspensión de su Padrón de Contratistas del Estado17, y en 2007 la autoridad de competencia de la Comisión Europea impuso una multa de 65 millones de euros a Alstom por participar en prácticas de fijación de precios con competidores18.

La sociedad civil ha intentado sin éxito obtener más información sobre la licitación del tren bala. En mayo de 2008, Poder Ciudadano presentó un pedido de acceso a la información pública ante el secretario de Transporte19, por el que pidió consultar el expediente que contiene las bases generales del tren bala, a fin de examinar el desarrollo de la licitación y el proceso de concesión. El subsecretario de Transporte Ferroviario respondió que el expediente se difundiría una vez aprobado el acuerdo de financiamiento.

Tras un segundo pedido, el subsecretario invocó erróneamente una excepción incluida en esta norma sobre acceso a la información pública, que contempla la posibilidad de no proveer información cuando esta pudiera poner en peligro el sistema económico20. Cuando Poder Ciudadano pudo finalmente acceder al expediente, en octubre de 2008, no se le permitió consultar ningún documento relacionado con el financiamiento del proyecto.

El desarrollo de la política de transporte del gobierno nacional ha fracasado en varios frentes. Se mostró reticente a permitir la participación ciudadana en los planes de desarrollo ferroviario, no tuvo en cuenta los dudosos antecedentes de la compañía que contrató y no estuvo abierto a proporcionar información pública sobre el proceso de licitación. Estas deficiencias indican que los ciudadanos aún encuentran obstáculos para ejercer su derecho a la información, que constituye una condición necesaria para el desarrollo de una participación genuina de la ciudadanía, capaz de monitorear los procesos de contratación y los asuntos públicos en general.

Retocar los números: el gobierno de Argentina habría manipulado el índice de inflación oficial

En los meses previos a la victoria electoral de la presidenta de la nación Cristina Fernández de Kirchner en 2007, varias fuentes de información señalaron que su esposo, el entonces presidente Néstor Kirchner, había manipulado los indicadores económicos para asegurar niveles de inflación convenientemente bajos21. Los empleados del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) mantuvieron una huelga durante gran parte del verano, para expresar su disconformidad con la interferencia del gobierno en su trabajo y el reemplazo de varios funcionarios de alto rango de ese instituto por personal menos idóneo22. En julio de 2007, ocho empleados del INDEC que trabajaban en estadísticas de inflación presentaron una carta en la que manifestaban que los nuevos métodos y procedimientos para la obtención de datos y el cálculo de la inflación eran arbitrarios e incoherentes. Los resultados, según señalaron, no reflejaban la realidad23. Otras fuentes señalaron posteriormente que al menos 14 empleados del INDEC habían sido transferidos de la oficina de estadísticas al Ministerio de Economía después de que denunciaran la manipulación de datos por parte del gobierno24.

Pese a las versiones de que el gobierno de Fernández de Kirchner tomaría medidas para restablecer la confianza pública en el INDEC mediante la remoción de estos controvertidos funcionarios25, sucedió exactamente lo contrario. Poco después de que asumiera su cargo la presidenta Fernández de Kirchner, las estadísticas oficiales señalaron que el índice de precios al consumidor del Gran Buenos Aires, considerado un parámetro confiable de la inflación, había incrementado en un 8,5% durante 2007. Los empleados del INDEC mostraron su desacuerdo con estas cifras, y estimaron que la inflación real había superado el 20% durante ese año26. Seis meses después de que Fernández de Kirchner iniciara su mandato continuaban las diferencias entre los cálculos oficiales y los independientes. En mayo de 2008, algunos analistas estimaron que el índice de inflación real era al menos dos o tres veces superior al oficial27.

La alteración de las cifras oficiales de inflación tiene profundas consecuencias. Al subestimar los indicadores sobre el costo de vida, los gobiernos pueden mantener bajos los niveles de pobreza. A mediados de mayo de 2008, el INDEC anunció que la incidencia de la pobreza se había retraído al 20,6%, casi tres puntos porcentuales menos que a principios de 200728. Esta cifra difiere de las estimaciones ofrecidas por universidades, consultoras privadas y organizaciones sociales, que determinaron que los niveles de pobreza eran próximos al 30% durante ese mismo período29. La distorsión de los índices de inflación también permite reducir la deuda del país de 129.000 millones de dólares30, cuyo 40% corresponde a bonos que se indexan según la inflación31.

Si bien los críticos no llegan al punto de insinuar que se trata de una manipulación ilegal del índice de inflación, este comportamiento suscita serias dudas entre los argentinos y los observadores internacionales. A principios de 2008, el Fondo Monetario Internacional (FMI) envió una carta al INDEC solicitando que justificara su metodología32. Más tarde ese mismo año, el FMI incluyó las estadísticas del INDEC en su informe Perspectivas de la Economía Mundial de octubre de 2008, pero aclaró que los analistas no confiaban en los índices oficiales33. De manera similar, el Banco Mundial insinuó que las cifras del INDEC eran problemáticas y exhortó al gobierno a restablecer la confianza pública en el instituto de estadísticas34. La negativa del gobierno de Fernández de Kirchner a revelar sus métodos estadísticos también puede haber contribuido a la vertiginosa caída de imagen de la presidenta entre la población. En mayo de 2008, la imagen positiva de Fernández de Kirchner descendió al 26%, respecto del 54% al comienzo del año35.

Los argentinos aún desconfían del índice de inflación oficial. Si bien el índice del INDEC se mantuvo por debajo del 10% en 2008, se renegociaron aumentos en los salarios del sector privado del 20%36. Incluso el mismo gobierno reconoció de forma implícita el índice de inflación real al otorgar incrementos salariales de más del 19% a los trabajadores sindicalizados37. Pese a las críticas en el ámbito local e internacional, Fernández de Kirchner se ha mantenido firme en la defensa de la metodología y los datos nuevos del INDEC. Todavía en septiembre de 2008 sostuvo que los datos del INDEC “corresponde[n]... a un nuevo modelo de desarrollo económico”38, y sugirió que “no están dadas las condiciones... para que se produzca la inflación”39. Aunque su gobierno instó a los legisladores a que se reunieran con funcionarios del INDEC para analizar los datos de la inflación, en el momento de la redacción de este Informe el gobierno todavía no había difundido públicamente ninguna información sobre el método de determinación del índice de inflación40.

A principios de 2007, una organización local de derechos civiles presentó una acción de amparo ante los tribunales para impedir que el gobierno apelara una resolución judicial que ordenaba la divulgación de la información del INDEC41. Pese a que otras resoluciones judiciales ordenaron al gobierno que revelara la metodología utilizada para calcular la inflación y que justificara la adopción de nuevas mediciones, el gobierno sigue sin pronunciarse al respecto.

Federico Arenoso, Julieta Arias, María Batch, Manuel Calvagno, Josefina Palma y Varina Suleiman (Poder Ciudadano/TI Argentina)


Puntuación del IPC 2008”: hace referencia a las percepciones de los empresarios y analistas de país sobre el grado de corrupción, en una escala de cero (percepción de muy corrupto) a diez (percepción de ausencia de corrupción).

“Encuestas utilizadas”: hace referencia al número de encuestas que evaluaron el desempeño de un país. En total, se utilizaron 13 encuestas y evaluaciones de expertos, y se aplicó un requisito mínimo de 3 para que un país pudiera ser incluido en el IPC.

 “Intervalo de confianza”: proporciona un rango de valores posibles de la puntuación del IPC. Refleja la forma en que puede variar la puntuación de un país, según la precisión de las mediciones. En términos nominales, la puntuación se sitúa con un 5% de probabilidad por encima de este rango, y con otro 5% por debajo. Sin embargo, especialmente cuando se dispone de pocas fuentes, una estimación no sesgada del rango promedio se obtiene con una probabilidad inferior al valor nominal del 90%.



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